Soy socialista, ya quienes me
conocen lo tienen más que sabido. Mi partido siempre ha sido el PSOE. Y seguirá
siéndolo. No obstante, traigo a debate con este post una pregunta: ¿Les parece
acertado el nuevo lenguaje de las reformas en relación a la igualdad de género?
A partir del viernes 8 de marzo
entraron en vigor estos nuevos conceptos:
El concepto de
maternidad se sustituye por nacimiento y cuidado de menor
El de paternidad se sustituye por progenitor diferente de la madre biológica
El de hijo se
sustituye por hijo o hija
El concepto de
trabajador se sustituye por persona trabajadora
El Captílo VII DE LA
LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL sustituye su anterior título de
PATERNIDAD por CAPÍTULO VII. CORRESPONSABILIDAD EN EL CUIDADO DEL
LACTANTE
Además, vemos…
Artículo 38 del ESTATUTO DE LOS
TRABAJADORES (nueva redacción): Bonificación de cuotas de Seguridad
Social para personas trabajadoras autónomas durante el descanso por nacimiento,
adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo
o riesgo durante la lactancia natural (Entrará en vigor a partir del 1 abril 2019)
A la cotización de las personas
trabajadoras por cuenta propia o autónomos incluidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social
de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o como personas trabajadoras
por cuenta propia en el grupo primero de cotización del Régimen Especial de la Seguridad Social
de los Trabajadores del Mar, durante los períodos de descanso por nacimiento,
adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo
o riesgo durante la lactancia natural, siempre que este periodo tenga una
duración de al menos un mes, le será de aplicación una bonificación del 100 por
cien de la cuota de autónomos, que resulte de aplicar a la base media que
tuviera la persona trabajadora en los doce meses anteriores a la fecha en la
que se acoja a esta medida, el tipo de cotización establecido como obligatorio
para trabajadoras y trabajadores incluidos en el régimen especial de Seguridad
Social que corresponda por razón de su actividad por cuenta propia.
En el caso de que la persona trabajadora
lleve menos de 12 meses de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social
de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o como trabajador o
trabajadora por cuenta propia incluido en el grupo primero de cotización del
Régimen Especial de la
Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, la base media
de cotización se calculará desde la fecha de alta.
Esta bonificación será compatible con la
establecida en el Real Decreto-ley 11/1998, de 4 de septiembre.
Por su parte, el art. 38 del Estatuto de
los Trabajadores también tiene nueva redacción. Así, vemos:
Artículo 38 bis Bonificación a las
trabajadoras autónomas que se reincorporen al trabajo en determinados supuestos (Vigor 1 abril 2019)
Las trabajadoras incluidas en el Régimen
Especial de la
Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o
Autónomos o como trabajadoras por cuenta propia en el grupo primero de cotización
del Régimen Especial de la
Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, que, habiendo
cesado su actividad por nacimiento de hijo o hija (ANTES AQUÍ PONÍA MATERNIDAD) ,
adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela, en los términos legalmente
establecidos, vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia dentro de los
dos años inmediatamente siguientes a la fecha efectiva del cese, tendrán
derecho a una bonificación en virtud de la cual su cuota por contingencias
comunes y contingencias profesionales quedará fijada en la cuantía de 60 euros
mensuales durante los 12 meses inmediatamente siguientes a la fecha de su
reincorporación al trabajo, siempre que opten por cotizar por la base mínima
establecida con carácter general en el régimen especial que corresponda por
razón de la actividad por cuenta propia.
Aquellas trabajadoras por cuenta propia
o autónomas que, cumpliendo con los requisitos anteriores, optasen por una base
de cotización superior a la mínima indicada en el párrafo anterior, podrán
aplicarse durante el período antes indicado una bonificación del 80 por ciento
sobre la cotización por contingencias comunes, siendo la cuota a
bonificar(ANTES AQUÍ PONÍA REDUCIR) la resultante de aplicar a la base mínima
de cotización que corresponda el tipo de cotización por contingencias comunes
vigente en cada momento.
Todo esto, se supone, es para fomentar
la igualdad de género en el lenguaje. Pero,…, ¿y qué pasa con la máxima de la RAE de la Economía del lenguaje?
¿Qué pasa con los conceptos de Maternidad y Paternidad que tan bello
significado tienen? Más allá de que sea un hombre o una mujer quien ejerza la
paternidad (por ejemplo, yo ejerzo maternidad y paternidad y soy mujer y tengo
amigos divorciados que también ejercen de madres cuando sus hijos no están con
sus madres, es decir, son madres y padres a la vez cuando los tienen ellos). Me
parece una tontería tener que reformar un texto legislativo para estos
conceptos. Al final, lo que realmente importa sigue sin ser cubierto pues LO
QUE NOS INTERESA A QUIENES TENEMOS HIJOS/AS
ES QUE NOS AYUDEN ECONÓMICAMENTE A SUFRAGAR LOS GASTOS QUE LA MATERNIDAD Y PATERNIDAD
SUPONEN, INCREMENTANDO LA
TASA DE NATALIDAD ESPAÑOLA PORQUE SI NO
DENTRO DE UNOS AÑOS NO HABRÁ QUIÉN MANTENGA LAS PENSIONES PÚBLICAS.
Además, ¿qué es eso de madre biológica, y las/los adoptantes qué? A ver, que me lo expliquen...
Además, ¿qué es eso de madre biológica, y las/los adoptantes qué? A ver, que me lo expliquen...
Seguiré votando a mi partido, pero
necesito dar mi opinión al respecto. Se está perdiendo el tiempo y dinero en
tonterías y no se están satisfaciendo las verdaderas necesidades DEL PUEBLO. Y
yo hablo siempre del pueblo, de lo que YO SOY. Porque soy de la clase obrera y
defiendo los intereses de la clase obrera por encima de todos. Los impuestos se
crearon para sufragar el gasto público, cada vez pagamos más altos impuestos y
cada vez tenemos menos servicios y menos inversión del Estado en gasto público.
Aquí las cuentas no cuadran. Se inflan las arcas pero tienen agujeros, por lo
que se ve…. No podemos seguir así. Por JUSTICIA SOCIAL terminará por colapsarse
el sistema y el propio sistema será un fin en sí mismo. Como predijo K. Marx
hace tantos años en EL CAPITAL.
Ana Nayra Gorrín Navarro.
En Los Gigantes, a lunes 11 de marzo de
2019.