sábado, 5 de julio de 2014

LEO MUCHO, POR ESO SOY REPUBLICANA


  Nunca encontré sentido a la Monarquía. Una vez con 8 años escuché en la tele que los miembros de la Familia Real “eran de sangre azul”, recuerdo irle a preguntar a mi Madre por qué ellos tenían la sangre azul y el resto roja y mi Madre echarse a reír y contestarme que eso eran mentiras, que todos teníamos la sangre roja. Desde ese instante, comencé a sentirme burlada por la fantasmagoría monárquica.

Ya en 2º de Derecho (con D. Gumersindo Trujillo, que en paz descanse, diputado del PSOE, como ilustre profesor) estudié en la asignatura de Derecho Constitucional que “el rey reina pero no gobierna” (se infiere del artículo 56 de la Constitución Española – CE en adelante- vigente desde 1978) y mi estupefacción fue mayúscula. ¿Cómo se me ha podido engañar vilmente todo este tiempo? – pensé-. El rey ejerce una callada labor que, desde mi punto de vista y del de todos los/las republicanos/as, es simplemente decorativa e inútil.

Ya sabemos que, de hecho, no somos todos iguales ante la ley, que hay privilegios, prebendas y tratos de favor según el nivel económico, la posición social, la profesión, el parentesco y otras circunstancias, que establecen diferencias, preferencias, clases y, en suma, una vejatoria e injustificable desigualdad entre unos seres humanos y otros.
Pero en el caso de los monarcas y sus familiares (personas que -por derecho de sangre- heredan reinos, ocupando en sus respectivos países estatus muy privilegiados para desempeñar altas funciones), esta situación se torna particularmente notoria, a la par que agravante.  Y ello es así, pese a que la hipnosis colectiva haga que gran parte de la población no se lo llegue siquiera a plantear. Precisamente, este es uno más de los temas tabú existentes, tanto en España como en otras monarquías.
Cuestiones que tienen que ver con tradiciones históricas que -basadas en criterios peregrinos o arbitrarios- son absolutamente discutibles, y para los cuales no hay atención ni debate público en el seno de la sociedad y sus instituciones. 
Con la abdicación de D. Juan Carlos, se ha puesto en evidencia otro argumento más en contra de la Monarquía. Tal es que como la persona del rey es inviolable, esta inviolabilidad de Felipe VI impediría a Letizia pedir el divorcio. ¡VAMOS, TANTO QUE CRITICAMOS A PAÍSES VECINOS COMO MARRUECOS PORQUE LAS MUJERES NO PUEDEN PLANTEAR EL DIVORCIO O LAS CASTIGAN QUITÁNDOLE A LOS HIJOS, Y AHORA EN ESPAÑA VAMOS A SER MÁS PAPISTAS QUE EL PAPA!
Para separarse, tendría que ser D. Felipe VI quien lo solicitase o alcanzar un acuerdo entre ambos. Como establece la profesora de Derecho Civil de la UNED en EL DIARIO PÚBLICO del 20 de junio de 2014: “ Si doña Letizia presentase una demanda, sería inadmitida, ya que nadie se puede querellar contra el rey”. Como establece el artículo 56 de la CE, la persona del rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Tampoco se le puede demandar por la vía civil, caso del divorcio. Distinto sería, ¡he aquí lo más fuerte!, si D. Felipe VI tomase la decisión de separarse “En el supuesto de que la demanda fuese presentada por él, se admitiría, lo que supone una decisión unilateral que se impone a la otra parte”. El divorcio entonces se concedería, sí o sí.
En ese hipotético caso, siempre y en todo caso el Rey D. Felipe VI se quedaría con las hijas.
Como establece la abogada y profesora, “las capitulaciones ponen de manifiesto el absurdo de que haya personas inviolables en el ámbito civil: ¿Qué tiene que ver que alguien sea rey para que no pague una deuda y tampoco pueda ser demandado? Esto contraviene el principio básico de igualdad entre cónyuges y va en perjuicio de los hijos”. 
En España hay mucha censura, SÍ CENSURA, en relación a la Casa Real. Hay muchos libros sobre D. Juan Carlos I  que analizan la monarquía española, pero hay que saberlos buscar y encontrar porque no son fáciles de encontrar en las librerías. Yo soy una declarada rata de biblioteca y mi mayor pasión es leer y escribir (expresar mis sentimientos y emociones con tinta) y, precisamente, de mi andar de lectura en lectura, es que concluí que la monarquía es mala para la Democracia.
Entre los libros sobre Juan Carlos, destacan trabajos que critican aspectos de la vida del rey con argumentos documentados y aportan luz sobre la extravagante trayectoria de la familia Real.
El periodista Jon Lee Anderson escribió en The New Yorker un amplio perfil del rey Juan Carlos I. El artículo fue censurado en España, algo que dejó desconcertado a Anderson. En su opinión “la actitud de los directores de medios y la percepción de un círculo muy pequeño de que la democracia española era frágil, hacía que se censuraran las noticias”.
Entre lo escrito por Anderson se encontraba, por ejemplo, que Alfonso XIII, abuelo de Juan Carlos I, tras su derrocamiento en 1931, vivió una vida de playboy, mujeriego y vicioso, aficionado al juego y la caza. Subraya el autor la estrecha relación entre el dictador Franco y Juan Carlos I y se hace eco de algunos de los escándalos sexuales y económicos.
A diferencia de otras monarquías como la británica, la española sigue blindada a la crítica. Se trata de un caso de censura apoyado por los directivos de la prensa y la mayoría de los periodistas, incluso los no españoles. John Carlin, por ejemplo, periodista británico colaborador del diario El País, hasta se jacta de esa falta de libertad. En su artículo titulado “Reyes, guiñoles, ingleses y democracia” afirma : “A diferencia de lo que ocurre en el Reino unido, en España existe una conspiración de silencio en la que participan todos los medios de comunicación en torno a la familiar real. Y tiene su razón de ser”. 
Uno de los primeros libros fue UN REY GOLPE A GOLPE. Biografía no autorizada de Juan Carlos de Borbón, firmado con un pseudónimo, Patricia Sverlo, y editado por Ardi Bertza, un sello de la izquierda abertzale que acabaría clausurado por las autoridades. El libro no se vendió en librerías; se distribuyó por los circuitos de la revista Ardi Bertza donde se agotó. La obra es contundente en la exposición del entramado de la sucesión tras la muerte de Franco; destaca la fortuna de Juan Carlos I, sus oscuros negocios en el petróleo, el tráfico de armas, la especulación financiera, la trama inmobiliaria y sus amistades con una élite económica que terminó enjuiciada por corrupción. También se repasan los escándalos sexuales del rey que suelen ser comentados en numerosos círculos privados pero nunca saltan a las páginas de la prensa española. Incluso se insinúa que Juan Carlos tuvo conocimiento de la creación de los Grupos Antiterroristas de Liberación (GAL), aparato clandestino de guerra sucia contra ETA creado bajo el gobierno de Felipe González. Hoy el libro es muy difícil de conseguir y su difusión, como la mayoría de libros que critican la monarquía, se realiza básicamente por Internet.
Otro libro es EL NEGOCIO DE LA LIBERTAD, de Jesús Cacho, donde se cuestiona el papel de D. Juan Carlos, presentado como heroico, en el fallido golpe de Estado del 23 de febrero de 1981. Basándose en unas declaraciones de la reina difundidas por la periodista Pilar Urbano, el autor afirma que “el Rey había jugado a dos bandos en la fechas previas al 23-F”.
También sostiene que, tras conseguir la Corona, Juan Carlos I habría comenzado a amasar su fortuna y a embolsarse comisiones. Otra vía para enriquecerse: utilizar su cargo para pedir a algunas petromonarquías del Golfo y al Sha de Persia ayuda económica personal para “defender a España el socialismo”. El autor incluso publica en el libro la carta que habría enviado el rey al Sha.
Sobre los hijos ilegítimos de D. Juan Carlos I trata David Garrido en LOS HIJOS SILENCIADOS DE LOS BORBONES (Arco Press, 2005). Otro autor que destaca es el coronel Amedeo Martínez Inglés, oficial expulsado en 1990 de las Fuerzas Armadas. Sus obras se caracterizan por su carácter provocador y polémico. En 23-F EL GOLPE QUE NUNCA EXITIÓ (Foca, Madrid, 2001) implica a Juan Carlos I en el intento de golpe de Estado. En JUAN CARLOS I, EL ÚLTIMO BORBÓN (Styria, Barcelona, 2008) no duda en calificar al sistema político de “dictadura en la sombra por parte del monarca español”. Y en la conspiración de mayo, el “Alzamiento Nacional” que preparó la derecha castrense para el 2 de mayo de 1981 y que frustró el 23-F (Styria, 2009) de nuevo implica al rey en el golpe del 23-F.
Otro libro más que interesante es el del periodista Iñaki Errazkin, titulado HASTA LA CORONILLA. Autopsia de los Borbones, cuya principal aportación es un riguroso repaso a los antecedentes históricos de los Borbones en un capítulo titulado LOS MUERTOS DE JUAN CARLOS PRIMERO. El autor afirma:” La degeneración que causa la continua endogamia, la soberbia y la impunidad inherentes al poder, ya sea absoluto o relativo, son elementos que no ayudan precisamente a forjar un carácter virtuoso, y los Borbones no son una excepción”. La contundencia del texto es indiscutible, Errazkin presenta un capítulo de la vida del monarca silenciado en las biografías oficiales: el disparo de pistola con el que Juan Carlos mata, siendo niño, a su hermano mayor Alfonso, y que le catapulta al primer lugar de la línea sucesoria, y el rechazo absoluto del padre a que se realice autopsia alguna o investigación. No falta un repaso a los hijos del monarca y sus consortes, donde se encuentra: drogadicción, suicidio, secretos silenciados a golpe de talonario con fondos públicos y sexo.
Por último, la obra del senador IÑAKI ANASAGASTI, ex portavoz del Grupo Parlamentario Vasco en el Congreso, UNA MONARQUÍA PROTEGIDA POR LA CENSURA (Foca, Madrid, 2009). El autor denuncia la “conspiración de silencio, en la que participan políticos, personalidades de todo tipo y medios de comunicación social, en torno a la familia real para seguir diariamente manteniendo la convención de que es esta la única fórmula válida en la actualidad para que España no se rompa o para que no acabemos a garrotazos los unos con los otros”: El senador vasco afirma que escribe este libro porque es preciso ir diciendo que el rey está desnudo, que su legitimidad de origen no es democrática, por más que aparezcan títulos y artículos de una Constitución aprobada democráticamente en 1978, que su vida privada no es nada ejemplar, que sus gastos y sus relaciones de amigos comisionistas son impropios, y que su falta de responsabilidad ante el delito es algo único en una Europa democrática.
Y ya la guinda del pastel fue el escándalo Urdangarín, en el que se halla implicado el yerno de rey a través de su empresa de asesoría Nóos en el “caso Palma Arena” y la “Operación Babel”. Al parecer, Iñaki Urdangarín impulsó la actividad y contratos de Nóos, que por sus estatutos carecía de ánimo de lucro, y presentó al cobro facturas de su firma Nóos y de la inmobiliaria Aizoon, cuya propiedad comparte con su esposa la Infanta Cristina de Borbón. En cinco años, la cifra de negocios de Nóos rondó los 10 millones de euros, según la contabilidad del complejo entramado de asesorías y empresas organizado, que Fiscalía Anticorrupción ha examinado. Se ha identificado a una firma del grupo que transfirió cerca de medio millón a una cuenta de una sociedad en un paraíso fiscal. Fiscalía Anticorrupción ha detectado también un agujero de un millón de euros, en partidas no justificadas.  Esta es la base para la acusación penal de supuesta malversación de caudales públicos. Y la pregunta que muchos observadores se hacen es: ¿en qué medida el rey Juan Carlos estaba al corriente de estas operaciones? ¿Cómo es que nadie, en la Familia Real, se interrogó sobre los orígenes del colosal y rápido enriquecimiento del esposo de la infanta Cristina?
Muchos elementos en torno a la familia Real despiertan indignación y cada vez cuesta más silenciarlos: denuncias financieras y de corrupción, fortuna personal de oscuro origen, la burla de que sus viviendas, yates, vehículos, etc,…, sean de titularidad del Estado para que sea el dinero público el que deba mantenerlos y repararlos, oscurantismo en su financiación pública de la que no debe rendir cuentas, desmanes sexuales,…
Todos estos elementos, ocultos en los medios de comunicación, salen a flote sólo gracias a algunos libros que han logrado ser la única válvula de escape a las críticas y denuncias contra la monarquía.
Y,…, DIGO YO…¿POR QUÉ NOS ASOMBRAMOS DE QUE NO EXISTA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN LAS DICTADURAS Y EN ESPAÑA SE PACTE EL SILENCIO PERIODÍSTICO Y EDITORIAL CONTRA TODO LO QUE CRITIQUE LA MONARQUÍA Y…NO NOS SORPRENDEMOS? Por otro lado, tenemos LA GRAN CONTRADICCIÓN EN LA QUE CAE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA (CE) EN RELACIÓN A ESTE TEMA (Y TANTOS OTROS).  Juzguen ustedes mismos:
POR UN LADO
Artículo 1. del TÍTULO PRELIMINAR
1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
Artículo 9.
1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.
2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.
3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
Artículo 10, del TÍTULO PRIMERO, DE LOS DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES
1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la Ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.
2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los Tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.
Artículo 14 del CAPÍTULO II. DERECHOS Y LIBERTADES
Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Y POR OTRO LADO, ATENCIÓN AHORA:
Artículo 56 del TÍTULO II. DE LA CORONA
3. La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, (…)
Artículo 57.
1. La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos.
Artículo 61.
1. El Rey, al ser proclamado ante las Cortes Generales, prestará juramento dedesempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las Leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas.
Artículo 64.
1. Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el artículo 99, serán refrendados por el Presidente del Congreso.
2. De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden.
Artículo 65.
1. El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su familia y Casa, y distribuye libremente la misma.
2. El Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa.
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PARA TERMINAR, en la Declaración Universal de los Derechos Humanosencontramos:

Artículo 1.

·                            Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2.

·                            Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
·                            Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 7.

·                            Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 21.

·                            1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
·                            2. Toda persona tiene el derecho de accceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
·                            3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 23.

·                            1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

Artículo 28.

·                            Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se haganplenamente efectivos.

Artículo 30.

Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
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LUEGO:
Una de dos,
o bien el Rey no es español (o no es un ser humano), y por lo tanto no le es aplicable el art. 14 del capítulo segundo de la CE (“Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”) ni el marco jurídico de los Derechos Humanos… y entonces estaríamos ante una situación francamente surrealista…

o bien el Rey, debiendo ser el primero en dar ejemplo de legalidad y honestidad -pues de él se dice que es “el primero de los españoles”-, está en realidad incurriendo (cuando menos) en una flagrante e inadmisible quiebra del principo de igualdad jurídica, así como -junto con la entera institución monárquica- contraviniendo la letra y el espíritu de los derechos fundamentales de los ciudadanos (vulnerando especialmente el principio de igualdad de dignidad y derechos), recogidos en la propia Constitución y solemnemente reconocidos, protegidos y garantizados por ésta y por la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948.
…lo cual no deja de ser igualmente surrealista, absurdo e inaceptable de todo punto. Y aquí no valen justificaciones, pretextos ni alegaciones u objeciones basadas en concepciones, ideologías o teorías; ni en triquiñuelas jurídicas o legales o políticas, donde todo es posible (siempre que interese). Oigan, no. O somos todos iguales, como seres humanos y ciudadanos, o “se rompe la baraja”, y no jugamos más a este “juego”. No vale hacer trampas.

En Los Gigantes, a sábado 5 de julio de 2014.

ANA NAYRA GORRÍN NAVARRO.
FEDERALISTA Y REPUBLICANA.
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