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lunes, 11 de marzo de 2019

Los viernes sociales





Soy socialista, ya quienes me conocen lo tienen más que sabido. Mi partido siempre ha sido el PSOE. Y seguirá siéndolo. No obstante, traigo a debate con este post una pregunta: ¿Les parece acertado el nuevo lenguaje de las reformas en relación a la igualdad de género?

A partir del viernes 8 de marzo entraron en vigor estos nuevos conceptos:

El concepto de maternidad se sustituye por nacimiento y cuidado de menor
 El de paternidad se sustituye por progenitor diferente de la madre biológica
El de hijo se sustituye por hijo o hija
El concepto de trabajador se sustituye por persona trabajadora
El Captílo VII DE LA LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL sustituye su anterior título de PATERNIDAD por CAPÍTULO VII. CORRESPONSABILIDAD EN EL CUIDADO DEL LACTANTE
 Además, vemos…
Artículo 38 del ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES (nueva redacción):  Bonificación de cuotas de Seguridad Social para personas trabajadoras autónomas durante el descanso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural (Entrará en vigor a partir del 1 abril 2019)
A la cotización de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos incluidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o como personas trabajadoras por cuenta propia en el grupo primero de cotización del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, durante los períodos de descanso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, siempre que este periodo tenga una duración de al menos un mes, le será de aplicación una bonificación del 100 por cien de la cuota de autónomos, que resulte de aplicar a la base media que tuviera la persona trabajadora en los doce meses anteriores a la fecha en la que se acoja a esta medida, el tipo de cotización establecido como obligatorio para trabajadoras y trabajadores incluidos en el régimen especial de Seguridad Social que corresponda por razón de su actividad por cuenta propia.
En el caso de que la persona trabajadora lleve menos de 12 meses de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o como trabajador o trabajadora por cuenta propia incluido en el grupo primero de cotización del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, la base media de cotización se calculará desde la fecha de alta.
Esta bonificación será compatible con la establecida en el Real Decreto-ley 11/1998, de 4 de septiembre.



Por su parte, el art. 38 del Estatuto de los Trabajadores también tiene nueva redacción. Así, vemos:
Artículo 38 bis Bonificación a las trabajadoras autónomas que se reincorporen al trabajo en determinados supuestos (Vigor 1 abril 2019)
Las trabajadoras incluidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o como trabajadoras por cuenta propia en el grupo primero de cotización del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, que, habiendo cesado su actividad por nacimiento de hijo o hija (ANTES AQUÍ PONÍA MATERNIDAD) , adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela, en los términos legalmente establecidos, vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia dentro de los dos años inmediatamente siguientes a la fecha efectiva del cese, tendrán derecho a una bonificación en virtud de la cual su cuota por contingencias comunes y contingencias profesionales quedará fijada en la cuantía de 60 euros mensuales durante los 12 meses inmediatamente siguientes a la fecha de su reincorporación al trabajo, siempre que opten por cotizar por la base mínima establecida con carácter general en el régimen especial que corresponda por razón de la actividad por cuenta propia.
Aquellas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que, cumpliendo con los requisitos anteriores, optasen por una base de cotización superior a la mínima indicada en el párrafo anterior, podrán aplicarse durante el período antes indicado una bonificación del 80 por ciento sobre la cotización por contingencias comunes, siendo la cuota a bonificar(ANTES AQUÍ PONÍA REDUCIR) la resultante de aplicar a la base mínima de cotización que corresponda el tipo de cotización por contingencias comunes vigente en cada momento.


Todo esto, se supone, es para fomentar la igualdad de género en el lenguaje. Pero,…, ¿y qué pasa con la máxima de la RAE de la Economía del lenguaje? ¿Qué pasa con los conceptos de Maternidad y Paternidad que tan bello significado tienen? Más allá de que sea un hombre o una mujer quien ejerza la paternidad (por ejemplo, yo ejerzo maternidad y paternidad y soy mujer y tengo amigos divorciados que también ejercen de madres cuando sus hijos no están con sus madres, es decir, son madres y padres a la vez cuando los tienen ellos). Me parece una tontería tener que reformar un texto legislativo para estos conceptos. Al final, lo que realmente importa sigue sin ser cubierto pues LO QUE NOS INTERESA A QUIENES TENEMOS HIJOS/AS  ES QUE NOS AYUDEN ECONÓMICAMENTE A SUFRAGAR LOS GASTOS QUE LA MATERNIDAD Y PATERNIDAD SUPONEN, INCREMENTANDO  LA TASA DE NATALIDAD ESPAÑOLA PORQUE SI NO DENTRO DE UNOS AÑOS NO HABRÁ QUIÉN MANTENGA LAS PENSIONES PÚBLICAS.

Además, ¿qué es eso de madre biológica, y las/los adoptantes qué? A ver, que me lo expliquen...

Seguiré votando a mi partido, pero necesito dar mi opinión al respecto. Se está perdiendo el tiempo y dinero en tonterías y no se están satisfaciendo las verdaderas necesidades DEL PUEBLO. Y yo hablo siempre del pueblo, de lo que YO SOY. Porque soy de la clase obrera y defiendo los intereses de la clase obrera por encima de todos. Los impuestos se crearon para sufragar el gasto público, cada vez pagamos más altos impuestos y cada vez tenemos menos servicios y menos inversión del Estado en gasto público. Aquí las cuentas no cuadran. Se inflan las arcas pero tienen agujeros, por lo que se ve…. No podemos seguir así. Por JUSTICIA SOCIAL terminará por colapsarse el sistema y el propio sistema será un fin en sí mismo. Como predijo K. Marx hace tantos años en EL CAPITAL.

Ana Nayra Gorrín Navarro.


En Los Gigantes, a lunes 11 de marzo de 2019.

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